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Ley de Sociedades de Capital

Artículo 462 de la Ley de Sociedades de Capital

Concepto de Artículo 462 de la Ley de Sociedades de Capital

Ley de Sociedades de Capital

El Artículo 462 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 462. Derecho de oposición de los acreedores.

Los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del proyecto de traslado del domicilio social a otro Estado miembro tendrán el derecho de oponerse al traslado en los términos establecidos en esta ley para el derecho de oposición.

art 462 lsc

Información de carácter general y orientativo. No constituye asesoramiento jurídico y puede no reflejar la última reforma legal o criterio de los tribunales.

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