Concepto de Artículo 315 de la Ley de Sociedades de Capital
Ley de Sociedades de Capital
El Artículo 315 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 315. Inscripción de la operación de aumento.
El acuerdo de aumento del capital social y la ejecución del mismo deberán inscribirse simultáneamente en el Registro Mercantil.
art 315 lsc
Información de carácter general y orientativo. No constituye asesoramiento jurídico y puede no reflejar la última reforma legal o criterio de los tribunales.