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Ley de Sociedades de Capital

Artículo 125 de la Ley de Sociedades de Capital

Concepto de Artículo 125 de la Ley de Sociedades de Capital

Ley de Sociedades de Capital

El Artículo 125 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 125. Transmisiones forzosas.

Lo establecida en el artículo anterior se aplicará cuando la adquisición de las acciones se haya producido como consecuencia de un procedimiento judicial o administrativo de ejecución.

art 125 lsc

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