Concepto de Artículo 318 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 318 del Código Civil es: (Derogado)
art 318 cc
Te puede interesar también:Artículo 1868 del Código CivilLa concesión de emancipación habrá de inscribirse en el Registro Civil, no produciendo entre tanto efectos contra terceros.
Concedida la emancipación no podrá ser revocada.
Artículo 318 – Derogado con efectos desde el 03/09/2021
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