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Código Civil

Artículo 1143 del Código Civil

Concepto de Artículo 1143 del Código Civil

Código Civil

El Artículo 1143 del Código Civil es: La novación, compensación, confusión o remisión de la deuda, hechas por cualquiera de los acreedores solidarios o con cualquiera de los deudores de la misma clase, extinguen la obligación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1.146.

El acreedor que haya ejecutado cualquiera de estos actos, así como el que cobre la deuda, responderá a los demás de la parte que les corresponde en la obligación.

art 1143 cc

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