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Código Civil

Artículo 1065 del Código Civil

Concepto de Artículo 1065 del Código Civil

Código Civil

El Artículo 1065 del Código Civil es: Los títulos de adquisición o pertenencia serán entregados al coheredero adjudicatario de la finca o fincas a que se refieran.

art 1065 cc

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