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Ley de Propiedad Horizontal

Artículo 23 de la Ley de Propiedad Horizontal

Concepto de Artículo 23 de la Ley de Propiedad Horizontal

Ley de Propiedad Horizontal

El Artículo 23 de la Ley de Propiedad Horizontal es: El régimen de propiedad horizontal se extingue:

Primero. Por la destrucción del edificio, salvo pacto en contrario. Se estimará producida aquélla cuando el coste de la reconstrucción exceda del cincuenta por ciento del valor de la finca al tiempo de ocurrir el siniestro, a menos que el exceso de dicho coste esté cubierto por un seguro.

Segundo. Por conversión en propiedad o copropiedad ordinarias.

art 23 lph

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