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Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Artículo 299 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Concepto de Artículo 299 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

El Artículo 299 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social es: Artículo 299. Incumplimiento del trabajador del requerimiento empresarial de readmisión.

El incumplimiento injustificado por parte del trabajador del requerimiento empresarial de reanudación de la prestación de servicios acarreará la pérdida definitiva de los salarios a que se refieren los artículos anteriores.

art 299 lrjs

Información de carácter general y orientativo. No constituye asesoramiento jurídico y puede no reflejar la última reforma legal o criterio de los tribunales.

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