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Ley de Enjuiciamiento Criminal

Artículo 218 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Concepto de Artículo 218 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Ley de Enjuiciamiento Criminal

El Artículo 218 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es: El recurso de queja podrá interponerse contra todos los autos no apelables del Juez y contra las resoluciones en que se denegare la admisión de un recurso de apelación.

art 218 lecrim

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