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Código Penal

Artículo 151 del Código Penal

Concepto de Artículo 151 del Código Penal

Código Penal

El Artículo 151 del Código Penal es: La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en los artículos precedentes de este Título, será castigada con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente.

art 151 cp

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