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Código Civil

Artículo 1013 del Código Civil

Concepto de Artículo 1013 del Código Civil

Código Civil

El Artículo 1013 del Código Civil es: La declaración a que se refieren los artículos anteriores no producirá efecto alguno si no va precedida o seguida de un inventario fiel y exacto de todos los bienes de la herencia, hecho con las formalidades y dentro de los plazos que se expresarán en los artículos siguientes.

art 1013 cc

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