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Ley de Sociedades de Capital

Artículo 90 de la Ley de Sociedades de Capital

Concepto de Artículo 90 de la Ley de Sociedades de Capital

Ley de Sociedades de Capital

El Artículo 90 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 90. Participaciones sociales y acciones.

Las participaciones sociales en la sociedad de responsabilidad limitada y las acciones en la sociedad anónima son partes alícuotas, indivisibles y acumulables del capital social.

art 90 lsc

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