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Ley de Sociedades de Capital

Artículo 61 de la Ley de Sociedades de Capital

Concepto de Artículo 61 de la Ley de Sociedades de Capital

Ley de Sociedades de Capital

El Artículo 61 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 61. Aportaciones dinerarias.

1. Las aportaciones dinerarias deberán establecerse en euros.

2. Si la aportación fuese en otra moneda, se determinará su equivalencia en euros con arreglo a la ley.

art 61 lsc

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