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Ley de Sociedades de Capital

Artículo 25 de la Ley de Sociedades de Capital

Concepto de Artículo 25 de la Ley de Sociedades de Capital

Ley de Sociedades de Capital

El Artículo 25 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 25. Duración de la sociedad.

Salvo disposición contraria de los estatutos, la sociedad tendrá duración indefinida.

art 25 lsc

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