Concepto de Artículo 25 de la Ley de Sociedades de Capital
Ley de Sociedades de Capital
El Artículo 25 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 25. Duración de la sociedad.
Salvo disposición contraria de los estatutos, la sociedad tendrá duración indefinida.
art 25 lsc
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