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Ley de Sociedades de Capital

Artículo 224 de la Ley de Sociedades de Capital

Concepto de Artículo 224 de la Ley de Sociedades de Capital

Ley de Sociedades de Capital

El Artículo 224 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 224. Supuestos especiales de cese de administradores de la sociedad anónima.

1. Los administradores que estuviesen incursos en cualquiera de las prohibiciones legales deberán ser inmediatamente destituidos, a solicitud de cualquier accionista, sin perjuicio de la responsabilidad en que puedan incurrir por su conducta desleal.

2. Los administradores y las personas que bajo cualquier forma tengan intereses opuestos a los de la sociedad cesarán en su cargo a solicitud de cualquier socio por acuerdo de la junta general.

art 224 lsc

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