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Ley de Enjuiciamiento Criminal

Artículo 507 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Concepto de Artículo 507 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Ley de Enjuiciamiento Criminal

Resumen del Artículo 507 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

El Artículo 507 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECr) establece que se puede presentar un recurso de apelación contra los autos que decreten, prorroguen o denieguen la prisión provisional o acuerden la libertad del investigado o encausado. Este recurso de apelación se tramitará de manera preferente y deberá resolverse en un plazo máximo de 30 días cuando se trate de un recurso contra el auto de prisión.

El Artículo 507 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es:

1. Contra los autos que decreten, prorroguen o denieguen la prisión provisional o acuerden la libertad del investigado o encausado podrá ejercitarse el recurso de apelación en los términos previstos en el artículo 766, que gozará de tramitación preferente. El recurso contra el auto de prisión deberá resolverse en un plazo máximo de 30 días.

2. Cuando en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo anterior no se hubiere notificado íntegramente el auto de prisión al investigado o encausado, éste también podrá recurrir el auto íntegro cuando le sea notificado, de conformidad con lo dispuesto en el apartado anterior.

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Jurisprudencia relacionada con el Artículo 507 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

La jurisprudencia sobre el Artículo 507 de la LECr se centra principalmente en la interpretación de los requisitos y límites del recurso de apelación en relación con la prisión provisional y la libertad del investigado o encausado.

Requisitos y límites del recurso de apelación

Los tribunales han aclarado los requisitos para interponer un recurso de apelación según el Artículo 507 de la LECr, así como los límites de dicho recurso. Por ejemplo, la jurisprudencia ha abordado cuestiones como la legitimación para interponer el recurso, los plazos para presentarlo y los requisitos formales que deben cumplirse.

Evaluación de los requisitos de la prisión provisional y la libertad

La jurisprudencia también ha examinado cómo los tribunales deben evaluar los requisitos de la prisión provisional y la libertad al resolver los recursos de apelación presentados conforme al Artículo 507 de la LECr. Los tribunales han destacado la importancia de considerar la proporcionalidad y la necesidad de la medida cautelar, así como de garantizar la protección de los derechos fundamentales del investigado o encausado.

Plazo para resolver el recurso de apelación

El Artículo 507 de la LECr establece un plazo máximo de 30 días para resolver el recurso de apelación contra el auto de prisión. La jurisprudencia ha enfatizado la importancia de cumplir con este plazo para garantizar la efectividad del recurso y la protección de los derechos del investigado o encausado.

Para obtener información más detallada y específica sobre la jurisprudencia aplicable al Artículo 507 de la LECr, se recomienda consultar las bases de datos de jurisprudencia y doctrina, así como las publicaciones especializadas en derecho procesal penal.

Información de carácter general y orientativo. No constituye asesoramiento jurídico y puede no reflejar la última reforma legal o criterio de los tribunales.

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