Concepto de Artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Ley de Enjuiciamiento Criminal
El Artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es: Aprobadas o reformadas la tasación y regulación, se procederá a hacer efectivas las costas por la vía de apremio establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil con los bienes de los que hubiesen sido condenados a su pago.
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