Concepto de Artículo 360 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Ley de Enjuiciamiento Civil
El Artículo 360 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es: Las partes podrán solicitar que declaren como testigos las personas que tengan noticia de hechos controvertidos relativos a lo que sea objeto del juicio
art 360 lec
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