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Ley Condiciones Generales Contratación

Artículo 4 de la Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación

Concepto de Artículo 4 de la Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación

Ley Condiciones Generales Contratación

El Artículo 4 de la Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación es: Artículo 4. Contratos excluidos.

La presente Ley no se aplicará a los contratos administrativos, a los contratos de trabajo, a los de constitución de sociedades, a los que regulan relaciones familiares y a los contratos sucesorios.

Tampoco será de aplicación esta Ley a las condiciones generales que reflejen las disposiciones o los principios de los Convenios internacionales en que el Reino de España sea parte, ni las que vengan reguladas específicamente por una disposición legal o administrativa de carácter general y que sean de aplicación obligatoria para los contratantes.

art 4 lcgc

Información de carácter general y orientativo. No constituye asesoramiento jurídico y puede no reflejar la última reforma legal o criterio de los tribunales.

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