Concepto de Legítima defensa
Derecho Penal
El Legítima defensa es: Está exento de responsabilidad criminal el que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes:
Primero. Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas.
Segundo. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.
art 20.4 cp
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Libertad condicional
Malversación
Medidas de seguridad
Morada
Premeditación
Presunción de inocencia
Artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Artículo 410 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Artículo 791 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Artículo 246 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
			








