Concepto de Ius sanguinis
Derecho de Extranjería
El Ius sanguinis es: Son españoles de origen:
a) Los nacidos de padre o madre españoles.
Te puede interesar también:Ius soliArtículo 17.1.a) del Código Civil
La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
Artículo 11 de la Constitución Española
Te puede interesar también:Orden de expulsiónSon españoles de origen:
a) Los nacidos de padre o madre españoles.
b) Los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España. Se exceptúan los hijos de funcionario diplomático o consular acreditado en España.
Te puede interesar también:Nacionalidad por residenciac) Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.
d) Los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada. A estos efectos, se presumen nacidos en territorio español los menores de edad cuyo primer lugar conocido de estancia sea territorio español.
Artículo 17.1 del Código Civil
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