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Constitución Española

Artículo 84 de la Constitución Española

Concepto de Artículo 84 de la Constitución Española

Constitución Española

El Artículo 84 de la Constitución Española es: Cuando una proposición de ley o una enmienda fuere contraria a una delegación legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a su tramitación. En tal supuesto, podrá presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de la ley de delegación.

art 84 ce

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