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Código Penal

Artículo 114 del Código Penal

Concepto de Artículo 114 del Código Penal

Código Penal

El Artículo 114 del Código Penal es: Si la víctima hubiere contribuido con su conducta a la producción del daño o perjuicio sufrido, los Jueces o Tribunales podrán moderar el importe de su reparación o indemnización.

art 114 cp

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