Concepto de Artículo 33 del Código Penal Militar
Código Penal Militar
El Artículo 33 del Código Penal Militar es: La conspiración, la proposición y la provocación para cometer los delitos previstos en los Capítulos I al V de este Título serán castigadas con la pena inferior en grado a las respectivamente señaladas.
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