Concepto de Artículo 1839 del Código Civil
Código Civil
El Artículo 1839 del Código Civil es: El fiador se subroga por el pago en todos los derechos que el acreedor tenía contra el deudor.
Si ha transigido con el acreedor, no puede pedir al deudor más de lo que realmente haya pagado.
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