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Código Civil

Artículo 1204 del Código Civil

Concepto de Artículo 1204 del Código Civil

Código Civil

El Artículo 1204 del Código Civil es: Para que una obligación quede extinguida por otra que la sustituya, es preciso que así se declare terminantemente, o que la antigua y la nueva sean de todo punto incompatibles.

art 1204 cc

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