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Código Civil

Artículo 1188 del Código Civil

Concepto de Artículo 1188 del Código Civil

Código Civil

El Artículo 1188 del Código Civil es: La entrega del documento privado justificativo de un crédito, hecha voluntariamente por el acreedor al deudor, implica la renuncia de la acción que el primero tenía contra el segundo.

Si para invalidar esta renuncia se pretendiere que es inoficiosa, el deudor y sus herederos podrán sostenerla probando que la entrega del documento se hizo en virtud del pago de la deuda.

art 1188 cc

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