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Ley de Sociedades de Capital

Artículo 424 ter de la Ley de Sociedades de Capital

Concepto de Artículo 424 ter de la Ley de Sociedades de Capital

Ley de Sociedades de Capital

El Artículo 424 ter de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 424 ter. Derecho de voto.

Cada obligación conferirá al obligacionista un derecho de voto proporcional al valor nominal no amortizado de las obligaciones de que sea titular.

art 424 ter lsc

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