Concepto de Artículo 291 de la Ley de Sociedades de Capital
Ley de Sociedades de Capital
El Artículo 291 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 291. Nuevas obligaciones de los socios.
Cuando la modificación de los estatutos implique nuevas obligaciones para los socios deberá adoptarse con el consentimiento de los afectados.
art 291 lsc
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