Saltar al contenido
Sitio informativo. No es la sede judicial electrónica oficial del Ministerio de Justicia ni de ningún tribunal.
Sede Judicial Enciclopedia jurídica

Ley de Sociedades de Capital

Artículo 111 de la Ley de Sociedades de Capital

Concepto de Artículo 111 de la Ley de Sociedades de Capital

Ley de Sociedades de Capital

El Artículo 111 de la Ley de Sociedades de Capital es: Artículo 111. Régimen general de las transmisiones.

El régimen de la transmisión de las participaciones sociales será el vigente en la fecha en que el socio hubiera comunicado a la sociedad el propósito de transmitir o, en su caso, en la fecha de fallecimiento del socio o en la de la adjudicación judicial o administrativa.

art 111 lsc

Información de carácter general y orientativo. No constituye asesoramiento jurídico y puede no reflejar la última reforma legal o criterio de los tribunales.

Ver todos los artículos de esta norma