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Ley de Enjuiciamiento Criminal

Artículo 239 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Concepto de Artículo 239 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Ley de Enjuiciamiento Criminal

El Artículo 239 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es: En los autos o sentencias que pongan término a la causa o a cualquiera de los incidentes deberá resolverse sobre el pago de las costas procesales.

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