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Código Civil

Artículo 1130 del Código Civil

Concepto de Artículo 1130 del Código Civil

Código Civil

El Artículo 1130 del Código Civil es: Si el plazo de la obligación está señalado por días a contar desde uno determinado, quedará éste excluido del cómputo, que deberá empezar en el día siguiente.

art 1130 cc

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