Concepto de Artículo 532 del Código Penal
Código Penal
El Artículo 532 del Código Penal es: Si los hechos descritos en los dos artículos anteriores fueran cometidos por imprudencia grave, se castigarán con la pena de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.
art 532 cp
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