Concepto de Artículo 176 del Código Penal
Código Penal
El Artículo 176 del Código Penal es: Se impondrán las penas respectivamente establecidas en los artículos precedentes a la autoridad o funcionario que, faltando a los deberes de su cargo, permitiere que otras personas ejecuten los hechos previstos en ellos.
art 176 cp
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