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Código Penal

Artículo 155 del Código Penal

Concepto de Artículo 155 del Código Penal

Código Penal

El Artículo 155 del Código Penal es: En los delitos de lesiones, si ha mediado el consentimiento válida, libre, espontánea y expresamente emitido del ofendido, se impondrá la pena inferior en uno o dos grados.

No será válido el consentimiento otorgado por un menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección.

art 155 cp

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