Artículo 105 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Concepto de Artículo 105 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (105 lrjs)

El Artículo 105 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social de España establece las bases para la revisión de los actos dictados por los tribunales de lo social. Este artículo permite a los tribunales superiores revisar las sentencias y resoluciones dictadas por los tribunales inferiores en materia social y, en su caso, anular aquellos que se consideren contrarios a derecho.

Este artículo es importante porque establece el procedimiento para la revisión de los actos dictados por los tribunales de lo social y garantiza la protección de los derechos e intereses de las partes involucradas en un procedimiento judicial en este ámbito. Al mismo tiempo, permite asegurar la aplicación uniforme de la ley en todo el territorio español y fortalecer la seguridad jurídica en la jurisdicción social.

Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

El Artículo 105 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social es: Artículo 105. Posición de las partes.

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1. Ratificada, en su caso, la demanda, tanto en la fase de alegaciones como en la práctica de la prueba, y en la fase de conclusiones corresponderá al demandado exponer sus posiciones en primer lugar. Asimismo, le corresponderá la carga de probar la veracidad de los hechos imputados en la carta de despido como justificativos del mismo.

2. Para justificar el despido, al demandado no se le admitirán en el juicio otros motivos de oposición a la demanda que los contenidos en la comunicación escrita de dicho despido.

art 105 lrjs

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